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Circular del Banco Central nº 3291 de 08.09.2005

El Banco Central editó en el día 08 de septiembre de 2005 la Circular nº 3.291, que promovió alteraciones en el Reglamento del Mercado de Cambio y Capitales Internacionales. Una de las novedades es la previsión expresa de un código para la realización de operaciones de cambio cuya naturaleza es clasificada como "Servicios Diversos - Créditos de Carbono 29/(NR) 45500". Observadas las disposiciones de la Resolución 3.265, en lo relativo a la legalidad de la transacción, fundamentación económica y responsabilidades definidas en la respectiva documentación, las operaciones pueden ser tramitadas directamente en los bancos autorizados a operar en el mercado de cambio.

TÍTULO: 1 - Mercado de Cambio
CAPÍTULO: 8 - Codificación de Operaciones de Cambio
SECCIÓN: 2 - Naturaleza de la Operación
SUBSECCIÓN: 10 - Servicios Diversos - Créditos de carbono Código 45500

La creación de un código específico para operaciones con créditos de carbono propiciará una mayor agilidad y seguridad para el flujo de recursos derivados de las negociaciones de esa naturaleza.

Documento - Circular del Banco Central nº 3291 de 08.09.2005
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